13 de enero de 2021 Designación de la entidad de prestación del servicio de retransmisión telefónica y designación de la entidad de soporte para la prestación del servicios de retransmisión telefónica

En base a la Ley para facilitar el uso de los teléfonos a las personas con dificultad auditiva y similar (Ley No.53 del año 2020, en adelante “la Ley”) el Ministro de Asuntos Internos y Comunicaciones ha designado en el día de la fecha a The Nippon Foundation Telecommunication Relay Service como la entidad de prestación del servicio de retransmisión telefónica, en base a lo establecido en el artículo 8 párrafo 1 de la Ley, y a designado a Telecommunications Carriers Association como la entidad de soporte para la prestación del servicio de retransmisión telefónica, en base a lo establecido en el artículo 20 de la Ley.

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