19 de marzo de 2021 Autorización del plan de negocios y demás de la entidad de prestación del servicio de retransmisión telefónica y de la entidad de soporte para la prestación del servicio de retransmisión telefónica

En base a lo estipulado en la Ley para facilitar el uso de los teléfonos a las personas con dificultad auditiva y similar (Ley No.53 del año 2020, en adelante "la Ley") el Ministro de Asuntos Internos y Comunicaciones ha autorizado en el día de la fecha el plan de negocios y el presupuesto de ingresos y egresos de la entidad proveedora del servicio de retransmisión telefónica (en adelante, "plan de negocios y demás") para el año fiscal 2020 y el año fiscal 2021, solicitada por la entidad proveedora del servicio de retransmisión telefónica.
Además, ha autorizado el plan de negocios y demás de la entidad de soporte para la retransmisión telefónica para el año fiscal 2020, solicitado por la entidad de soporte para la retransmisión telefónica.
Y también ha autorizado el monto del subsidio y el método de otorgamiento, así como el monto de la contribución y el método de recaudación para el año fiscal 2020 y el año fiscal 2021.

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